Santo Domingo, RD
La iniciativa fue presentada por los senadores Rafael Barón Duluc, Félix Ramón Bautista y Eduard Alexis Espiritusanto.
La normativa busca regular, supervisar y promover la intermediación inmobiliaria, garantizando que la promoción, comercialización y ejecución de las transacciones se realicen de manera ética, ordenada, eficiente y transparente, en beneficio de los derechos e intereses de adquirientes, arrendatarios, agentes y agencias inmobiliarias, y en contribución al desarrollo económico y social de la nación.
El proyecto establece que la publicidad engañosa es toda información, comunicación, mensaje o práctica comercial difundida por cualquier medio que induzca o pueda inducir a error al consumidor respecto a características, disponibilidad, precio, condiciones de venta, entrega u otros aspectos relevantes de bienes inmuebles, conforme a lo dispuesto en la Ley 358-05 de Protección de los Derechos del Consumidor o Usuario.
Asimismo, en su artículo 3, el texto excluye de su ámbito de aplicación las ventas y comercialización de inmuebles propios realizadas directamente por sus propietarios, así como la representación y asesoría legal brindada por profesionales en el ejercicio de su función para la adquisición y transferencia de bienes inmuebles.
La ley contempla sanciones como la suspensión de operaciones y multas de hasta 50 salarios mínimos por violaciones, además de la suspensión de licencias de agentes promotores inmobiliarios, entre otras medidas.
La iniciativa establece que será regida por el Ministerio de la Vivienda, Hábitat y Edificaciones (MIVHED), órgano responsable de diseñar, reglamentar, regular, desarrollar y promover las actividades de intermediación inmobiliaria en el país.
También señala que el Departamento de Registro, Control e Intermediación Inmobiliaria del MIVHED tendrá como función promover una intermediación ordenada, eficiente y transparente, así como velar por el cumplimiento de la ley.
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