martes, 11 de agosto de 2026

Juez rechaza hábeas corpus de Raúl Girón para levantar su arresto domiciliario en el caso Coral

Santo Domingo, RD

El juez de la Cuarta Sala Penal del Distrito Nacional, Franny González, rechazó el recurso de hábeas corpus presentado por el mayor del Ejército Raúl Alejandro Girón Jiménez, quien buscaba dejar sin efecto el arresto domiciliario que mantiene como parte del proceso por el caso Coral.

El magistrado determinó que Girón Jiménez dispone de otra vía procesal para solicitar el levantamiento de la medida, por lo que consideró improcedente atender su petición mediante un hábeas corpus.

La decisión fue adoptada luego de que el tribunal acogiera la solicitud del fiscal Jonathan Pérez Furcal, de la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca), quien pidió declarar inadmisible o rechazar el recurso presentado por la defensa del militar.

Precisamente, para este miércoles está previsto que el Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional conozca una solicitud de cese de la medida de coerción interpuesta por la defensa de Girón Jiménez. Ese mismo tribunal lo condenó previamente a cinco años de prisión, pena que ya ha cumplido.

Girón Jiménez tuvo un papel relevante en el proceso luego de alcanzar un acuerdo con el Ministerio Público. En el marco de ese acuerdo, ofreció información sobre el supuesto funcionamiento de la estructura integrada por militares y policías acusados de defraudar al Estado dominicano por más de RD$4,500 millones.

Mientras tanto, el Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional mantiene para el 23 de septiembre, a las 2:00 de la tarde, la lectura íntegra de la sentencia contra Adán Cáceres Silvestre, Juan Carlos Torres Robiou y otros procesados condenados por delitos de corrupción y lavado de activos.

El tribunal, presidido por la magistrada Gisell Méndez, trabaja en la conclusión y revisión de la decisión motivada, tomando en cuenta la complejidad del expediente y la extensión del juicio oral, que se desarrolló durante aproximadamente 658 días calendario.

Una vez sea leída o notificada la sentencia comenzará a correr el plazo legal para que los procesados puedan, si así lo consideran, presentar recursos de apelación contra la decisión.

@z101digital.com/

No hay comentarios:

Publicar un comentario