martes, 18 de agosto de 2026

TSA pone fin a contratos de concesión minera de Falcondo tras casi 70 años

 Santo Domingo, RD

El Tribunal Superior Administrativo (TSA) declaró la terminación de los contratos de concesión minera suscritos entre el Estado dominicano y Falconbridge Dominicana, S.A. (Falcondo), poniendo fin a una relación contractual de casi siete décadas vinculada a la concesión Quisqueya I, ubicada entre las provincias La Vega y Monseñor Nouel.

La decisión fue adoptada por la Segunda Sala del TSA, presidida por el magistrado Antonio O. Sánchez Mejía e integrada además por los jueces Úrsula J. Carrasco Márquez y Edward A. Abreu, mediante la sentencia núm. 0030-03-2026-SSEN-00332, de fecha 12 de agosto de 2026. El fallo alcanza los contratos suscritos el 24 de diciembre de 1956 y el 26 de septiembre de 1969.

La sentencia responde a una acción interpuesta en julio de 2025 por el Fondo Patrimonial de las Empresas Reformadas (FONPER), en representación del Estado dominicano, luego de que fueran identificados incumplimientos relacionados con la explotación de los yacimientos, obligaciones económicas y laborales, así como con la presentación de los informes técnicos requeridos por la legislación minera.

Entre los elementos considerados por el tribunal figura que las operaciones productivas de Quisqueya I permanecían paralizadas desde el 17 de noviembre de 2023, conforme a una certificación de la Dirección General de Minería. Asimismo, determinó que Falcondo no había presentado los informes semestrales de progreso correspondientes a 2023, 2024 y 2025, ni los informes anuales de operaciones correspondientes a 2023 y 2024.

De acuerdo con el TSA, estos incumplimientos afectan obligaciones esenciales vinculadas directamente con la finalidad de la concesión: la explotación efectiva de los recursos mineros otorgados por el Estado y el deber de mantener informadas a las autoridades sobre el desarrollo de las operaciones.

La sentencia establece además que la inactividad de la concesión tenía incidencia sobre el interés general asociado a la explotación de los recursos mineros del país, por lo que el tribunal consideró suficientemente graves los incumplimientos acreditados para justificar la terminación de los contratos.

El TSA también rechazó los argumentos planteados por las empresas recurridas para que la acción fuera declarada inadmisible.

Con esta decisión concluye una relación contractual iniciada en 1956 y vinculada a una concesión de 22,392 hectáreas sobre Quisqueya I.

Impacto laboral y económico

La terminación de los contratos se produce en un contexto marcado por la paralización de las operaciones de la empresa. Tras el cese registrado en noviembre de 2023, la compañía entró en una fase de cuidado y mantenimiento sin ejecutar un plan de cierre ordenado, situación que derivó en la desvinculación de personal y en el incumplimiento de compromisos con trabajadores, contratistas y suplidores locales.

En 2024, más de 900 trabajadores fueron desvinculados y recibieron sus prestaciones laborales mediante la intervención del FONPER, en representación del Estado dominicano.

Un grupo adicional de exempleados, cuyos contratos fueron terminados en marzo de 2026, mantiene reclamaciones laborales pendientes que, según sus representantes, ascienden a unos RD$300 millones.

La concesión llegó a sostener más de mil empleos directos y, de acuerdo con estimaciones de la Cámara de Comercio y Producción de Monseñor Nouel, miles de personas vinculadas a contratistas, suplidores y actividades indirectas también resultaron afectadas por la paralización.

A esto se suma una cartera de obligaciones pendientes con más de un centenar de empresas contratistas y suplidoras de la zona, cuyo monto ha sido estimado por los propios acreedores en más de US$100 millones.

La paralización también produjo una contracción significativa en la circulación de efectivo en la provincia Monseñor Nouel, según ha señalado el sector empresarial local.

En su memoria anual correspondiente a 2025, el FONPER describió la situación de la minera como marcada por la gravedad de su insolvencia, el cese abrupto de las operaciones, el incumplimiento de obligaciones laborales, la afectación a las comunidades locales y los riesgos asociados a la conservación de activos estratégicos.

Proceso de reestructuración continúa

De manera independiente a la decisión del TSA, continúa el proceso de reestructuración mercantil al que se encuentra sometida la empresa, al amparo de la Ley núm. 141-15 de Reestructuración y Liquidación de Empresas y Personas Físicas Comerciantes.

Este procedimiento fue iniciado a instancia de los acreedores de Falcondo, quienes procuran que la compañía responda por sus obligaciones y pasivos pendientes.

Se trata de un proceso separado, con un objeto y alcance distintos a la decisión adoptada por el TSA, por lo que deberá continuar su trámite ante la jurisdicción correspondiente hasta determinarse la situación de las acreencias reclamadas.

En el proceso decidido por el TSA, el Estado dominicano estuvo representado por el FONPER y asistido legalmente por los abogados Eric Raful Pérez y Lilia Fernández León, de la firma León & Raful.

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