miércoles, 30 de septiembre de 2026

Poder Ejecutivo elimina restricción de edad para licencias de conducir

Santo Domingo, RD

El presidente de la República, Luis Abinader, emitió este 29 de septiembre el Decreto núm. 675-26, mediante el cual modifica el Reglamento de Licencias de Conducir para dar cumplimiento a la sentencia TC/0904/26 del Tribunal Constitucional y evitar un vacío normativo.

La disposición, que deroga el Decreto núm. 330-26, establece que las licencias y autorizaciones para conducir tendrán una vigencia uniforme de cuatro años y vencerán el día del cumpleaños de su titular, conforme al artículo 208 de la Ley núm. 63-17 sobre Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial.

El decreto establece que la edad, por sí sola, no podrá utilizarse como criterio para limitar, reducir o denegar la vigencia de una licencia o autorización para conducir.

En ese sentido, la aptitud para conducir será determinada mediante evaluaciones físicas, teóricas y prácticas, sin discriminación por edad, de acuerdo con las facultades otorgadas al Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant) por la Ley 63-17.

La nueva normativa también dispone que la suspensión o cancelación de una licencia solo podrá efectuarse por las causas establecidas en la ley, entre ellas el incumplimiento de los requisitos exigidos o la certificación médica de una imposibilidad física o mental permanente para conducir.

En estos casos deberá garantizarse el debido proceso administrativo.

Con el decreto, el Poder Ejecutivo ajusta el reglamento a lo dispuesto por el Tribunal Constitucional, que declaró contraria a la Constitución la diferenciación basada exclusivamente en la edad para condicionar o reducir la vigencia de las licencias de conducir.

@z101digital.com/

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