La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) informó que, a partir del 1 de noviembre de 2026, los contribuyentes clasificados como grandes locales y medianos deberán emitir exclusivamente facturas electrónicas mediante secuencias de Comprobantes Fiscales Electrónicos (e-CF) tipo “E”.
La DGII precisó que las secuencias de comprobantes fiscales no electrónicos tipo “B”, asignadas a los contribuyentes alcanzados por la medida, serán válidas hasta el 31 de octubre de 2026, conforme a lo establecido en el artículo 55 del Reglamento núm. 587-24.
Después de ese plazo, estos comprobantes solo podrán utilizarse en casos de contingencia declarada y bajo las condiciones establecidas en el capítulo IX de dicho reglamento.
La institución señaló que esta nueva etapa permitirá afianzar la adopción de la Facturación Electrónica y mejorar la eficiencia de los procesos de facturación, control fiscal y cumplimiento tributario.
Asimismo, informó que el sistema cuenta con una red de 190 proveedores de servicios de Facturación Electrónica autorizados, distribuidos en todo el territorio nacional, que ofrecen distintas soluciones tecnológicas para facilitar la incorporación de los contribuyentes.
La DGII exhortó a los contribuyentes Grandes Locales y Medianos a completar oportunamente las adecuaciones administrativas y tecnológicas requeridas para garantizar la continuidad de sus operaciones y cumplir con las disposiciones vigentes.
La institución recordó que, como parte del proceso de implementación de la Facturación Electrónica, se concedió una prórroga a los contribuyentes Pequeños, Micros y No Clasificados, cuyo plazo vence el próximo 15 de noviembre de 2026.
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